Resumen

Tiempo de lectura: 4 minutos · Aplica en: Querétaro · Regulación: LGEEPA, Ley Ambiental de Querétaro Una de las confusiones más frecuentes en proyectos de desarrollo en Querétaro es no saber si la autorización ambiental debe tramitarse ante SEMARNAT o ante la SEDESU (Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial del Estado de Querétaro). Tramitar…

Tiempo de lectura: 4 minutos · Aplica en: Querétaro · Regulación: LGEEPA, Ley Ambiental de Querétaro

Una de las confusiones más frecuentes en proyectos de desarrollo en Querétaro es no saber si la autorización ambiental debe tramitarse ante SEMARNAT o ante la SEDESU (Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial del Estado de Querétaro). Tramitar ante la autoridad equivocada no solo retrasa el proyecto — en algunos casos implica empezar todo el proceso desde cero.


La regla general: federal vs. estatal

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece qué obras y actividades requieren autorización federal (SEMARNAT) y cuáles son competencia de los estados. La regla general es que SEMARNAT interviene cuando el proyecto afecta recursos de jurisdicción federal o tiene impactos que trascienden las fronteras estatales.

¿Cuándo tramitas ante SEMARNAT?¿Cuándo tramitas ante SEDESU Querétaro?

–> Tu proyecto implica cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

–> La obra se ubica en o cerca de zonas federales: riberas de ríos, presas, lagunas o áreas naturales protegidas federales.

–> Es un desarrollo turístico o inmobiliario en zona costera (no aplica en Querétaro, pero sí si el proyecto tiene componentes en otros estados).

–> El proyecto cruza o afecta bienes nacionales (carreteras federales, ductos, líneas de transmisión de CFE).

–> Se trata de una obra de infraestructura de gran escala con impacto regional.
–>El proyecto se ubica dentro del territorio del estado y no encuadra en ninguno de los supuestos federales.

–> Es un fraccionamiento o desarrollo habitacional en zona periurbana de Querétaro.

–> La obra afecta áreas naturales protegidas de competencia estatal.

–>Se requiere dictamen de uso de suelo con componente ambiental para trámites municipales.

–> El municipio solicita un estudio de impacto ambiental como condición para el permiso de construcción.

Comments

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *